domingo, 8 de febrero de 2009

periodico

APRENDIENDO HACIENDO
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) presta el servicio de Formación Profesional Integral gratuita. Está presente en todas las regiones del país, dispone de una amplia infraestructura de talleres y laboratorios para beneficiar a empresas de todos los niveles tecnológicos. En los Consejos Directivos y en los Comités Técnicos de sus Centros de Formación, participan los empresarios y los gremios productivos. Indaga permanentemente las tendencias del mercado laboral a través de 25 Centros de Servicio Público de Empleo y renueva su oferta de formación en consulta directa con el sector productivo.


OBJETIVOS: El Plan Estratégico del SENA, está orientado por nuestra decisión de reinventar el SENA a partir de lo que tenemos con la firme convicción de convertirlo en una “Organización de conocimiento” para que los trabajadores, jóvenes, los desempleados, los empleadores, la sociedad, el Estado y el Gobierno, que son nuestros clientes, tengan la oportunidad de acceder a la Formación Profesional Integral para el Trabajo, la innovación y el emprendimiento, con el propósito de mejorar la competitividad, la productividad y la calidad de vida de los colombianos y contribuir al autoempleo, el empleo y la convivencia pacífica. El Plan Estratégico, “SENA: Una Organización de Conocimiento”, está enmarcado en el Programa de Gobierno del Dr. Álvaro Uribe Vélez y responde a las estrategias de: Brindar seguridad democrática, Crecimiento económico sostenible y generación de empleo, Construir equidad social e Incrementar la eficiencia del Estado.
VISION: Visión presentar y elaborar proyectos económicos que les permitan a los usuarios del sena obtener ingresos sobre unos patrones de formación.

MISION:
Misión fortalecer los programas de desarrollo para las comunidades menos favorecidas APOYO DE SOSTENIMIENTO


¿CUAL ES LA FINALIDAD DEL APOYO DE SOSTENIMIENTO EN TU PERMANENCIA EN EL SENA?

Ayudarte a cubrir gastos básicos, seguro de accidentes, elementos y vestuario de protección personal, durante las fases lectiva y productiva de tu formación. Para ello debes formular y mantener un plan de negocios coherente con el programa de formación que cursas siempre y cuando no hayas suscrito contrato de aprendizaje.

¿QUE NORMAS AMPARAN ESTE APOYO DE SOSTENIMIENTO?

Decreto 4690 de 2005
El acuerdo 00005 de 2006

¿CON QUÉ PERIODICIDAD SE ADJUDICARAN LOS APOYOS DE SOSTENIMIENTO?

Se efectuara mínimo una vez al año, siempre y cuando se cuente con la disponibilidad de recursos.

¿QUÉ MONTO DE DINERO TE SERA ASIGNADO EN EL APOYO DE SOSTENIMIENTO?

En desembolsos mensuales: Durante la etapa lectiva un valor equivalente al 30% del salario mínimo mensual legal vigente y durante la etapa practica un equivalente al 50% del salario mínimo mensual legal vigente. Siempre y cuando cumplas con los requisitos exigidos y los criterios por los cuales fuiste seleccionado.


¿QUÉ REQUISITOS DEBES CUMPLIR PARA SER SELECCIONADO COMO BENEFICIARIO DEL APOYO DE SOSTENIMIENTO?

1. Estar Matriculado en un programa de formación profesional objeto de contrato de aprendizaje (Formación Titulada con duración total igual o mayor a 880 horas)

2. Estar clasificado en estratos socioeconómicos 1 o 2 (Esta información debe coincidir con la que aportaste el día de tu matricula.)

3. Estar formulando tu plan de negocios, el cual debe estar registrado en la unidad de emprendimiento y empresarismo de tu centro de Formación.

4. No contar con contrato de aprendizaje, ni haberlo tenido en un programa de aprendizaje anterior.

5. Haber culminado el primer trimestre de formación con buen rendimiento académico; es decir que los juicios evaluativos deben estar en A.

6. No se o haber sido sancionado con condicionamiento de matricula por faltas académicas o disciplinarias durante el trimestre inmediatamente anterior a la selección.

7. No tener ningún vínculo laboral.

8. No ser beneficiario del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción FIC.

9. No haber sido beneficiario de apoyos de sostenimiento por parte del SENA en otro programa.

10. Haber presentado tu solicitud, en el formato establecido y en las fechas publicadas en cada Centro de Formación.

DERECHO DEL CIUDADANO

Conjunto de posibilidades abiertas a los individuos de una comunidad organizada al objeto de que puedan actuar conforme a sus propias opciones en lo que se refiere en su forma personal así como en lo publico, a participar en la toma de decisiones respecto al funcionamiento de dicha comunidad.

En Colombia todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Están consagrados en la constitución y se encuentran divididos en:

1- DERECHO FUNDAMENTAL
Son aquellos inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana.
Son “aquellos reconocidos por el derecho publico que forman parte casi siempre de un apartado de las constituciones llamado parte dogmática”.

2- DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Son aquellos que posibilitan un nivel de vida adecuado para las personas y están vinculados a las condiciones indispensables para satisfacer las necesidades básicas del ser humanos tales como: vivienda, alimento, educación, empleo digno y cuidados de la salud.
Cubren las siguientes áreas, las cuales son:

- la igualdad entre hombres y mueres
- la seguridad social
- la salud física y mental
- La alimentación
- el disfrute de la cultura
- la prioridad a la familia y a la protección especial a los niños

DERECHOS COLECTIVOS

Se refiere al derecho de los pueblos a ser protegidos de los ataques a sus intereses e identidad como grupo. El derecho más importante es el derecho de autodeterminación.
Los derechos colectivos se clasifican entre los derechos de tercera generación.
Son el derecho de determinar libremente sus relaciones con los Estados en un espíritu de coexistencia, diálogo, beneficio mutuo y pleno respeto, así como el derecho a determinar su propia condición política y perseguir libremente su desarrollo económico, social y cultural.
Ejercer derechos colectivos es gozar del reconocimiento y la libertad de conservar y reforzar las propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales.
Derechos colectivos
El término derechos colectivos se refiere al derecho de los pueblos a ser protegidos de los ataques a sus intereses e identidad como grupo. El más importante de estos derechos es el derecho de autodeterminación. Para algunos autores, los derechos colectivos se clasifican entre los derechos de tercera generación (ver derechos humanos).
El derecho de autodeterminación de los pueblos tendría su primera utilización a gran escala en los catorce puntos de Wilson, con los que pretendía acabar con la Primera Guerra Mundial. El tratado de Versalles (1919) no fue una aplicación de dicho principio, pero sí que hubo referenda de autodeterminación en diferentes territorios europeos en el periodo de entreguerras, (por ejemplo, el Sarre).
En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó (por 48 votos a favor, ninguno en contra y 8 abstenciones) la Declaración Universal de Derechos Humanos, y a partir de entonces ha sido adoptada por cada uno de los Estados. Todos los derechos especificados en la declaración estaban basados en el individuo, como el derecho a la no discriminación, a la libertad de movimiento, privacidad, al matrimonio por libre consentimiento de los esposos, a condiciones justas y favorables en el trabajo, a la participación en la vida cultural, a una igual protección ante la ley, etc.
No obstante, la Carta de las Naciones Unidas (firmada el 26 de junio de 1945 y en vigor desde el 24 de octubre del mismo año) recoge expresamente el concepto de libre determinación de los pueblos en el artículo 1, dedicado a los principios de la Organización, y el artículo 55, dentro del Capítulo IX, sobre Cooperación internacional económica y social. La autodeterminación también inspiró el tratamiento que se dio a los territorios coloniales. Los artículos 73 a 91, que corresponden a los capítulos XI (Declaración relativa a territorios no autónomos), XII (Régimen internacional de administración fiduciaria) y XIII (Consejo de Administración Fiduciaria) recogen el régimen de estos territorios.
Este es un tema controvertido, particularmente cuando los derechos colectivos entran en conflicto con los derechos individuales. Como con todas las demás clases de derechos, se debate si los derechos colectivos realmente existen, y en el caso de existir, cuáles son realmente (además de el de autodeterminación).
Otra controversia la suscita la calificación de determinados derechos sociales como la huelga o la negociación colectiva, que para algunos son derechos colectivos, mientras que para la opinión más extendida son derechos individuales ejercidos colectivamente.
En el caso de España, el derecho a la autonomía es el único derecho colectivo que reconoce la Constitución de 1978, y su sujeto son las nacionalidades y regiones. El único pueblo soberano en ella es el pueblo español, siendo los pueblos de España entidades protegidas por la Nación española en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Son el derecho de determinar libremente sus relaciones con los Estados en un espíritu de coexistencia, diálogo, beneficio mutuo y pleno respeto, así como el derecho a determinar su propia condición política y perseguir libremente su desarrollo económico, social y cultural.
Ejercer derechos colectivos es gozar del reconocimiento y la libertad de conservar y reforzar las propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES


El derecho es la potestad que tiene la persona de gozar de libertades y oportunidades sin exclusión alguna por razones de sexo, raza, origen familiar o nacional, política religión o lengua.
Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y la formación de su personalidad, garantizando así su desarrollo armónico e integral.

Todo aprendiz sena tiene derecho a

1. recibir formación integral, acorde con los principios generales de la educación colombiana, con la misión y objetivos del sena y con los programas de formación profesional establecidos.
2. recibir, al iniciar el proceso educativo a través de la inducción, la información acerca de la naturaleza de la formación profesional integral, de la estructura, organización y funcionamiento del sena, de la regional, seccional, centro o área de desarrollo empresarial respectivo, a demás de la proyección socioeconómica de la ocupación u oficio de su interés.
3. disponer de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos y bibliográficos requeridos para su aprendizaje. a si como a poder utilizarlas instalaciones y la dotación del centro de formación o de otros ambientes educativos donde la entidad desarrolle acciones de formación, de acuerdo con la reglamentación respectiva.
4. disfrutar de los beneficios de bienestar al alumnado orientado a garantizar la formación integral mediante participación en programas de desarrollo intelectual, humano, social, físico, deportivo, de salud, cultural, psicológico, académico y ocupacional.
5. recibir un trato respetuoso de todos los integrantes de la comunidad educativa, sin discriminación de ninguna in dole.
6. recibir, de quienes tienen la responsabilidad directiva, docente y de apoyo a la formación, orientación académica y de comportamiento que estimule su desarrollo personal y promueva la convivencia social sin detrimento de la divergencia política, ideológica, religiosa y cultural.
7. ser escuchado y atendido en decisiones respetuosas, por directivos, docentes y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.
8. a ser evaluado objetiva integralmente y a conocer dentro de los ocho días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones y trabajos. a si como las dispocisiones académicas, de amonestación, sanción, suspensión o cancelación de el riesgo de matricula, cuando estas ocurrieren.
9. a solicitar de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera merecer mayor calificación que la asignada. de persistir su inconformidad, el estudiante podrá solicitar, por escrito, al jefe del centro o área de desarrollo empresarial un segundo calificador, la nota definitiva será el promedio de las dos calificaciones.
10. exigir alto nivel académico, estrategias y metodologías basadas en la construcción interactiva del conocimiento, y participar objetivamente en la evaluación del desempeño de los docentes.
11. recibir la certificación que le corresponda, según el nivel de formación alcanzado, siempre y cuando haya aprobado satisfactoriamente el programa respectivo.
12. presentar, verbalmente o por escrito, y en forma comedida, las sugerencias o iniciativas que propendan por su bienestar y el del personal del centro o área de desarrollo empresarial.
13. participar en las actividades académicas, culturales, deportivas y sociales programadas por la comunidad educativa.
14. recibir estímulos, distinciones e incentivos por su espíritu investigativo, habilidades académicas y deportivas actuaciones culturales y sociales o de servicio a la comunidad educativa.
15. expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas respetando el derecho al mismo ejercicio, por las demás personas.
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16. recibir el carné estudiantil al iniciar su proceso formativo y renovarlo de acuerdo con las dispocisiones vigentes.
17. denunciar tratos, propuestas o actos inmorales de parte de cualquier funcionario y de cualquier miembro de la comunidad educativa.
18. a ser reintegrado a las actividades académicas y laborales en caso de incapacidad certificada clínicamente, que implique suspensión o cancelación del proceso formativo, por falta de asistencia. El alumno podrá solicitar aplazamiento y se le solicitara reintegro al iniciar el próximo ciclo.
19. para el caso de una trabajadora – alumna en estado de gravidez al momento de comenzar su licencia por maternidad se suspende la actividad laboral y académica y tanto el empleador como el sena están obligados a reintegrarlos a sus labores normales al concluir la respectiva licencia. El sena autoriza el reintegro de la alumna incapacitada para continuar la acción de formación correspondiente, en el momento en que la entidad ofrezca de nuevo el servicio utilizado por esta persona.
20. participar activamente en el proceso de formación integral en ambientes educativos propicios, de tal manera que puedan tener acceso y disfrutar de, bibliotecas, videotecas, hemerotecas, sala de informática, áreas recreativas-deportivas, servicios médicos cafetería y áreas sociales.
21. el alumno tiene derecho a que se le suministre oportuna y permanentemente lo elementos de seguridad propios de su ocupación, para la protección de su integridad, en los ambientes educativos del sena o de otras entidades o lugares donde se ejecute la formación.


DEBERES DE LOS APRENDICES DEL SENA

El deber es un vinculo, moral social y legal que compromete a la persona a asumir con responsabilidad todos sus actos y a cumplir las normas que propician la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común y la seguridad de las personas y bienes de la institución.

1. conocer la misión y objetivo del sena, identificase y comprometerse con ellos.
2. conocer el reglamento para alumnos de sena, cumplir las dispocisiones en el determinadas, así como las orientaciones que les impartan los docentes y directivos.
3. mantener relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la comunidad educativa.
4. respetar los símbolos patrios, al igual que las insignias del sena.
5. asumir su formación y superación personal, asistir regular y puntualmente a clases, participar y permanecer en todas las actividades académicas y extra-académicas programadas para su formación personal integrada, según los horarios establecidos para el tipo de formación.
6. conservar y mantener en buen estado, orden y aseo a las instalaciones físicas, talleres, laboratorios y aulas, material didáctico, equipos y herramientas entre otros.
7. observar en todo lugar y en todos los actos, las normas de buena educación y comportamientos acordes con los principios de civilidad, decoro y dignidad.
8. portar permanentemente el carné estudiantil que lo identifica como alumno del sena, dentro de sus instalaciones, en las empresas, en otras entidades donde se desarrolle formación y en eventos donde participe en representación de la institución, y presentarlo para obtener los distintos servicios que ofrezca el programa de formación o cuando un funcionario sena lo requiera. En caso de perdida del carné, el alumno debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo en tesorería.
9. cumplir las normas y velar por la preservación de los recursos naturales en todas las actividades que se desarrollan en los centros y fuera de ellos.
10. velar porque se desarrollen las normas de seguridad industrial, higiene y salud ocupacional y de prevención de desastres, necesarias para el normal cumplimiento de sus trabajos y actividades.
11. utilizar ropa de trabajo y uniforme apropiado para el desarrollo de las actividades formativas. Mantener igualmente, una presentación personal acorde con las actividades de formación de la respectiva ocupación.
12. informar a docentes y directivos cualquier irregularidad que comprometa el buen

13. nombre y marcha del centro de formación.
14. comunicar las enfermedades o anomalías que padece cuando se deban tener precauciones especiales o estas le impidan vivir en comunidad. Las incapacidades deben ser avaladas por el medico del sena o a donde sea remitido el alumno.
15. los alumnos matriculados para trabajador calificado, técnico o tecnólogo, cumplirán con la totalidad de horas establecidas de acción social
16. nombre y marcha del centro de formación.
17. comunicar las enfermedades o anomalías que padece cuando se deban tener precauciones especiales o estas le impidan vivir en comunidad. Las incapacidades deben ser avaladas por el medico del sena o a donde sea remitido el alumno.
18. los alumnos matriculados para trabajador calificado, técnico o tecnólogo, cumplirán con la totalidad de horas establecidas de acción social

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